Saltar la navegación

Superpoderes

 

División del poder del Estado

El Estado tiene el poder de hacer las leyes, de aplicarlas y de juzgar si se cumplen adecuadamente.

En un Estado democrático, la ciudadanía (que es a quien corresponde por derecho la soberanía) ha otorgado tal poder al Estado.

Pero si las tres funciones mencionadas recayeran sobre la misma persona o institución política, los ciudadanos nunca podrían estar seguros de que dicha persona o institución no está utilizando en su propio beneficio el poder que ellos mismos le han otorgado.

→ Por eso, dos de los más importantes filósofos políticos de la Modernidad, el británico John Locke y el francés Montesquieu, sugirieron que lo mejor era encomendar el desempeño de cada función fundamental del Estado a una institución distinta, separada e independiente de las demás:

  • a una le correspondería hacer las leyes;
  • a otra, aplicarlas o ejecutarlas,
  • y a una tercera, juzgar si se están cumpliendo e imponer sanciones o penas a quien las incumpla.
De este modo, el poder del Estado quedaría dividido en tres poderes, cada uno de los cuales correspondería a una institución distinta.
 
Parlamento Poder Legislativo La dama ciega
El poder de hacer las leyes, llamado poder legislativo, correspondería al Parlamento. El poder de aplicarlas o ejecutarlas, llamado poder ejecutivo, correspondería al Gobierno. Y el poder juzgar el cumplimiento de estas, llamado poder judicial, correspondería a los Tribunales de Justicia.

Cada una de estas instituciones debe actuar con autonomía e independencia de las instituciones que ejercen los otros poderes del Estado.

Así, en un Estado de Derecho, el Parlamento, el Gobierno y otros niveles de gobernanza deben respetar su mutua independencia, sin invadir ninguno de ellos las competencias de las instituciones responsables de ejercer los otros poderes del Estado.