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¿Quiénes pueden votar en cada circuito?

Circuitos urbanos y suburbanos

  • En los circuitos urbanos y suburbanos,solo pueden votar los electores comprendidos en el circuito, con las únicas excepciones de los miembros de la comisión receptora de votos, el custodia y los funcionarios electorales que asistan a la comisión receptora de votos, siempre que su inscripción pertenezca al departamento.

 

Reflexión

 

 

¿Sabes qué es la Credencial Cívica?, ¿cómo y cuándo la puedes tramitar?,¿cuáles son los requisitos?, ¿en qué ocasiones la puedes y/o debes utilizar?...

Como ciudadano responsable que eres, debes estar informado y poseer aquella documentación que te identifique y te habilite para manifestar tus opciones.

Circuitos rurales

  • En los circuitos rurales pueden votar los electores comprendidos en el circuito, los miembros de la comisión receptora de votos, el custodia, los funcionarios electorales que asisten a la comisión receptora de votos, siempre que su inscripción corresponda al departamento, y los electores del departamento no comprendidos en el circuito, siempre que su inscripción cívica corresponda a una circunscripción rural del departamento y exhiban su credencial cívica.