Según el artículo 94 de la Constitución...
"La Cámara de Senadores se compondrá de treinta miembros, elegidos directamente por el pueblo, en una sola circunscripción electoral, conforme con las garantías y las normas que para el sufragio se establecen en la Sección lII y a lo que expresan los artículos siguientes...Será integrada, además, con el Vicepresidente de la República, que tendrá voz y voto y ejercerá su Presidencia, y la de la Asamblea General."
Por lo tanto:
- Esta Cámara se compone de 30 miembros elegidos directamente por el pueblo en las elecciones nacionales (igual que sucede con los representantes), y el sistema de distribución de bancas se hará también proporcionalmente al número de votos emitidos a favor de las respectivas listas.
- Es presidida por quien ocupe el cargo de Vicepresidente de la República (que también preside la Asamblea General).