Reformas a la Constitución

¿Se puede modificar la Constitución?

La Constitución contiene las leyes fundamentales para todos los ciudadanos de la República Oriental del Uruguay.

Es por ello, que cualquier modificación o reforma de la misma, debe seguir algunos procedimientos que se encuentran establecidos en esta.

En el Artículo N.º 77 - n.º 7, se establece que cualquier modificación acerca de las Elecciones deberá ser aprobado por 2/3 de los votos de cada cámara (Senadores y Diputados).

Esta es una mayoría especial que se aplica para situaciones que tienen que ver con los procesos de la Corte Electoral para garantizar el sufragio.

 

 

Procedimientos de Reforma de la Constitución en Uruguay

 

POR INICIATIVA POPULAR

Por iniciativa del 10% de los ciudadanos inscriptos en el Registro Cívico Nacional, presentando un Proyecto al Presidente de la Asamblea General, debiendo ser sometido a la decisión popular, en la elección más inmediata.

POR INICIATIVA LEGISLATIVA

Por proyectos de reforma que reúnan 2/5 del total de componentes de la Asamblea Gral. presentados al Presidente de la misma, lo que será sometido a plebiscito, en las próximas elecciones.

LEYES CONSTITUCIONALES

Requerirán para su sanción los 2/3 del total de componentes de cada Cámara, dentro de una misma legislatura.

CONVENCIÓN NACIONAL CONSTITUYENTE

Los senadores, representantes y el Poder Ejecutivo podrán presentar proyectos de reforma que deberán ser aprobados por la mayoría absoluta del total de componentes de la Asamblea General