Como la Constitución vigente en la actualidad, la de 1830 ya establecía la existencia de tres poderes del Estado: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
El Poder Legislativo estaba integrado por dos cámaras: la de Representantes y la de Senadores, que juntas conformaban la Asamblea General, cuya principal función era elaborar leyes y códigos, crear impuestos, etcétera.
El Poder Ejecutivo quedaba a cargo del presidente y los ministros; era el jefe superior de la Administración General de la República y sería auxiliado en sus tareas por ministros.
El Poder Judicial estaba compuesto por la Alta Corte de Justicia, tribunales y juzgados y se encargaban de la administración de la Justicia.
Los gobiernos departamentales, a diferencia de lo que establece la actual Constitución, se encontraban a cargo de un jefe político designado directamente por el presidente de la República.