Los monarcas absolutos concentran en sus manos el poder legislativo, el poder ejecutivo y el poder judicial, mandan sobre el ejército y todas las instituciones del estado.
poder legislativo: órgano de gobierno que está encargado de hacer y reformar las leyes.
poder ejecutivo: órgano de gobierno que está encargado de ejecutar las decisiones del poder legislativo.
poder judicial: órgano de gobierno que está encargado de administrar justicia.
Recordemos que el ejército es el “brazo represor”, de control del estado
El estado en su conjunto (incluyendo sus habitantes, que para él tienen solo la consideración de súbditos) no son sino una propiedad personal del Rey que puede disponer de ellos a su voluntad:
“Es sólo en mi persona donde reside el poder soberano, cuyo carácter propio es el espíritu de consejo, de justicia y de razón; es a mí a quien deben mis cortesanos su existencia y su autoridad; la plenitud de su autoridad que ellos no ejercen más que en mi nombre reside siempre en mí y no puede volverse nunca contra mí; sólo a mí pertenece el poder legislativo sin dependencia y sin división; es por mi autoridad que los oficiales de mi Corte proceden no a la formación, sino al registro, a la publicación y a la ejecución de la ley; el orden público emana de mí, y los derechos y los intereses de la Nación, de los que se suele hacer un cuerpo separado del Monarca, están unidos necesariamente al mío y no descansan más que en mis manos.”
Discurso de Luis XVI ante el Parlamento, marzo de 1766.
La propaganda y predicación convierte al monarca en una figura paternal y rodeándola de símbolos religiosos y del lujo extremo de la Corte para dar imagen de seguridad, control y fastuosidad.