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Nueva Constitución... nuevo país

En 1830 una Asamblea electa aprobó la Constitución del nuevo país, llamado oficialmente, "Estado Oriental del Uruguay".

«Boceto para la Jura de la Constitución de 1830» de Juan Manuel Blanes.
«Boceto para la Jura de la Constitución de 1830» de Juan Manuel Blanes.

Esta Constitución rigió los destinos del Uruguay hasta 1919.... y determinó una serie de características. Algunas de ellas:

El régimen jurídico

El régimen jurídico aseguraba, en apariencia, el orden interno inspirándose en modelos europeos y norteamericanos.

Republicano

El nuevos estado sería republicano y garantizaría los derechos individuales mediante la separación clásica de los tres poderes.

Sufragio

El derecho del sufragio se impedía a los analfabetos, peones, sirvientes y vagos, la mayoría de la población.

Elección

En principio, una minoría acomodada elegiría a diputados y senadores que permanecerían 3 y 6 años, respectivamente, en sus funciones. Estos a su vez, y cada 4 años, designarían al Presidente de la República que no podría ser reelecto, sino una vez transcurrido un período de gobierno.

Sin embargo, existía "otro país"...

El país real le dicen algunos.

Este país, se salteó este orden jurídico propuesto.

"Anarquía" es, tal vez, la mejor expresión que aparece en los escritos de los intelectuales que integraron los efímeros gobiernos, y que sonaba constantemente en las quejas de las clases más ricas.

Las guerras civiles dominaron el escenario uruguayo hasta por lo menos 1876 donde se gestaron los dos partidos que pasaron a la modernidad y sobrevivieron en el siglo XX: el blanco y el colorado.

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