Los Estados deberán proporcionar los servicios correspondientes a niñas, niños y adolescentes en situación de migración, independientemente de su nacionalidad o su situación migratoria.
Independientemente de su estado migratorio, todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a estar protegidos contra todo tipo de violencia y poder acceder a servicios esenciales tales como atención médica y educación; estar con sus familias; y que sus mejores intereses guíen las decisiones que los afectan.
En ningún caso una situación migratoria irregular de niña, niño o adolescente, preconfigurará por sí misma la comisión de un delito, ni se prejuzgará la comisión de ilícitos por el hecho de encontrarse en condición migratoria irregular.
Está prohibido devolver, expulsar, deportar, retornar, rechazar en frontera o no admitir, o de cualquier manera transferir o remover a una niña, niño o adolescente cuando su vida, seguridad y/o libertad estén en peligro a causa de persecución o amenaza de la misma, violencia generalizada o violaciones masivas a los DDHH, entre otros, así como donde pueda ser sometido a tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.